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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4726
TERCEROS PARA LOS EFECTOS DEL REGISTRO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4726
Un acreedor quirografario no puede considerase como tercero, para los efectos del registro, y por tanto, no puede sostenerse que la adjudicación de un predio en favor de una persona, no sufra efectos en cuanto al acreedor quirografario, por no haber sido registrado el título correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1595/28. V. viuda de Ipiña Luisa. 20 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en el negocio por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.