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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4810
ACCION CAMBIARIA DE REGRESO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4810
Si la acción ejercitada es la de regreso, el estimarla caduca, sin tener en cuenta que la letra fue girada con la cláusula de "sin protesto", se viola el artículo 141 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, porque la falta de aquél, no provoca la caducidad de la acción en vía de regreso, que opera tan sólo cuando dicho requisito es obligatorio para tutelar y conservar los derechos provenientes del título de crédito.
Precedentes
Amparo civil directo 3870/35. Nasser Enrique B. 21 de marzo de 1936. unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.