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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4974
QUEBRADO, ASEGURAMIENTO DE LOS EFECTOS COMPRADOS AL FIADO POR EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4974
Los efectos comprados al fiado, están regidos, en las quiebras mercantiles, por la fracción X del artículo 999 del Código de Comercio, que solamente permiten excluirlos de la masa, cuando no hayan sido materialmente entregados al comprador.
Precedentes
Amparo civil en revisión 420/34. Compañía Nacional de Electricidad. S. A. 24 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.