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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4974
QUIEBRA DEL FIADOR SOLIDARIO, ACCIONES CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4974
Si el fiador solidario no adquirió la propiedad ni la posesión de los bienes, y solamente se obligó a cumplir con las obligaciones del comprador y especialmente con el pago de los abonos mensuales, es claro que esta circunstancia no da a su acreedor más derecho que presentarse en forma, a la liquidación judicial del fiador, para obtener el pago de la obligación solidaria a cargo del mismo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 420/34. Compañía Nacional de Electricidad. S. A. 24 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.