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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359079
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4999
PAGOS DE PAPEL MONEDA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4999
Durante la circulación fiduciaria, el acreedor estuvo obligado por leyes de interés público, puesto que regían el sistema monetario mexicano, a liberar de su obligación al deudor, mediante la entrega hecha por éste, de la suma que le adeudaba, así fuere en papel moneda.
Precedentes
Recurso de suplica 26/25. Carpizo Montero Hermilo. 24 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.