Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359100
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 174
RENTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DEL PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 174
Si se reclama en amparo la resolución judicial que ordena al inquilino de una finca, pague las rentas al depositario nombrado en un juicio en el cual no es parte el quejoso, que se dice dueño de la finca, la suspensión debe concederse, previa fianza por reunirse los requisitos que fija el artículo 55 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6742. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3783/35. González Cosío de Robles Domínguez María de los Angeles. 23 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 6742. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3782/35. González Garza Manuel. 15 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 174. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1150/35. Madrid María. 2 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.