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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 393
DEPOSITARIO, SUSPENSION TRATANDOSE DEL CAMBIO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 393
Si se reclama en amparo la orden para que el demandado nombrado depositario en un embargo, entregue los bienes, materia de éste, al nuevo depositario, la suspensión debe negarse, puesto que no se causan al quejoso perjuicios de difícil reparación, ya que no poseía los bienes en nombre propio y éstos siguen en la misma situación jurídica de embargados.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 111/35. Lara Agustín. 5 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.