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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 397
DOMICILIO CONYUGAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE DILIGENCIAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 397
Si uno de los cónyuges reclama en amparo la orden de una autoridad judicial, para que se penetre al domicilio conyugal a fin de practicar una diligencia judicial, en un juicio seguido contra el otro cónyuge, la suspensión debe negarse, pues con el acto reclamado no se ocasiona daño o perjuicio al cónyuge quejoso, puesto que no siendo parte en el juicio, la diligencia no puede afectarle en su persona ni en sus bienes.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5374/34. Dávalos del Toro Francisco. 5 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.