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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 705
VIA EJECUTIVA MERCANTIL, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 705
No es verdad que basta el carácter de comerciante, de quien suscribe un documento, para que el mismo pueda ser demandado en la vía ejecutiva mercantil, porque el artículo 1050 del Código de Comercio, no se infiere a la calidad de comerciante del demandado, sino a la mercantilidad del acto ejecutado por el mismo, de tal manera que aun cuando éste no sea comerciante, si el acto o contrato por él celebrado es de naturaleza mercantil, puede ser demandado en esta misma vía, y al contrario, si el demandado, aun cuando sea comerciante, ejecuta un acto de naturaleza civil, el procedimiento debe sujetarse a las leyes comunes.
Precedentes
Recurso de súplica 96/26. Aguilar Joaquín. 9 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.