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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 768
EMBARGO DE RENTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 768
Si el amparo se endereza contra el embargo de rentas de una finca que el quejoso tiene en arrendamiento y ha subarrendado, la suspensión debe concederse, previa fianza, por reunirse los requisitos establecidos por el artículo 55 de la Ley de Amparo para el efecto de que las rentas sean percibidas por la parte quejosa.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1412/35. Alvarez Segura Antonio. 10 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.