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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 773
PRESCRIPCION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 773
Las prevenciones de la fracción I del artículo 1044 del Código de Comercio, son claras y terminantes, cuando dicen, que prescribirá en tres años: I. Las acciones procedentes de letras de cambio, libranzas, etc.; por lo que no puede caber la distinción entre acciones ejecutivas y acciones ordinarias, puesto que dicho precepto no la hace, ya que la expresión "las acciones procedentes", comprende todas las que procedan de letras de cambio y libranzas, cuando son de esta naturaleza los documentos en que se funda la acción.
Precedentes
Recurso de súplica 63/26. M. Cantú Treviño Hermanos, Sucesores. 10 de octubre de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.