Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359201
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1490
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1490
El aceptante de una letra de cambio, no puede defenderse alegando la inexistencia del contrato de cambio, ya que tan sólo puede alegar la falsedad de la letra o de la aceptación, es decir, la alteración de una u otra.
Precedentes
Recurso de súplica 132/33. Limón Pascual y coagraviado. 18 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.