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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1532
HEREDEROS, SUSPENSION TRATANDOSE DEL DESCONOCIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1532
Si se reclama en amparo la resolución que revoca una anterior, que había reconocido al quejoso su carácter de heredero, reconoce a otros herederos y nombra albacea, y deja a salvo los derechos del citado quejoso, para que los ejercite en la vía y forma procedentes, la suspensión debe negarse, por no ser irreparables los perjuicios que se siguen al repetido quejoso.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2220/35. Bolaños Soledad. 19 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos en parte y mayoría de cuatro votos, en otra. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.