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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359206
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1603
FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1603
Al desecharse el fiador propuesto en un juicio de amparo, los Jueces de Distrito deben fijar la cantidad mínima por la que debe otorgarse la fianza, pues si se resuelve únicamente sobre la no admisión del fiador, se deja imposibilitado al interesado, para ejercitar el derecho que le concede la ley.
Precedentes
Queja en amparo civil 243/35. Palacios Zendejas Juan. 21 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.