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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1733
ACCION, TITULO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1733
La falta de presentación del título en que se funda la acción, debe ser aducida por el demandado, precisamente al contestar la demanda y no después, y debe tenérsele por sometido tácitamente al procedimiento, si el mismo no recurre ni protesta contra el auto que da entrada a la demanda, sin dicho título.
Precedentes
Amparo civil directo 830/34. Ramírez Hernández Pedro. 23 de octubre de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. La publicacion no menciona el nombre del ponente.