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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
359241
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2121

REPRESENTANTE COMUN EN LOS JUICIOS MERCANTILES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2121

Precedentes

Recurso de Súplica 49/32. Llano Ignacio y coagraviados. 26 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos, por lo que respecta a los puntos resolutivos primero, segundo y cuarto, y el tercero por mayoría de tres votos. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua, no intervino en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 359241