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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2323
FALSEDAD CIVIL, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2323
La circunstancia de que una persona suscriba un pagaré para cubrir parte de su adeudo, con motivo de una operación de compraventa, no hace procedente la excepción de falsedad civil del contrato, dado que no se requiere una doble entrega material de dinero en casos semejantes, y que basta la suscripción de un documento por quien está obligado a entregar determinada cantidad, para que la operación de préstamo se perfeccione.
Precedentes
Recurso de súplica 133/28. Hernández Rómulo. 29 de octubre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.