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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2585
HIPOTECAS A FAVOR DEL FISCO FEDERAL, SUSPENSION TRATANDOSE DEL COBRO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2585
Si se reclama en amparo el cobro que una Oficina Federal de Hacienda hace, de un crédito hipotecario a favor de la nación, en virtud de sentencia judicial, no se está en el caso del artículo 60 de la Ley de Amparo, y aun cuando se cobre por el procedimiento economicocoactivo, como la Nación obra en su carácter de persona de derecho privado, la suspensión debe concederse mediante fianza, por reunirse los requisitos establecidos en el artículo 55 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1437/35. Gil viuda de Palomera Mercedes. 31 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.