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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2886
DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2886
Acreditada la existencia del contrato de matrimonio entre una mujer y su cónyuge, también lo está la obligación de aquélla, de vivir al lado de su marido, y por consiguiente obligada también a demostrar el haberse desligado del vínculo jurídico relativo, por cualquiera de los medios que la ley establece para ese efecto, o probar que no cumplió con aquella obligación, con el consentimiento del propio marido y en virtud del convenio que con el mismo celebró, ya que de lo contrario, debe estimarse comprobado el abandono del domicilio conyugal.
Precedentes
Amparo civil directo 3363/35. Cavazos viuda de Valdés Nestora. 5 de noviembre de 1935. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Pérez Gasga y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.