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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2897
CONTRATOS MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 2897
El artículo 1189 del Código Civil del Estado de Chihuahua, contiene una disposición de carácter general, que se refiere a la forma externa de los contratos civiles, y los artículos 78 y 79 del Código de Comercio, son a su vez, disposiciones generales que se refieren a la forma externa de los contratos mercantiles, y como el contrato en virtud del cual el jefe de una negociación constituye un dependiente, es un contrato esencialmente mercantil, el mismo está rígido, en cuanto a su forma, por las reglas generales que sobre esa materia, contiene el Código de Comercio, toda vez que no existe en este ordenamiento, una disposición especial que establezca forma determinada para la validez del mismo, y sólo a falta de disposiciones sobre esta materia, en el Código de Comercio, podría acudirse a las disposiciones del derecho común
Precedentes
Recurso de súplica 53/28. Aziz José A. 5 de noviembre de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.