Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359300
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3001
DEPOSITARIO, SUSPENSION TRATANDOSE DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3001
Si se reclama en amparo la intervención de una finca, alegando el quejoso ser extraño al procedimiento y haber embargado los mismos predios, anteriormente, en otro juicio, las consecuencias del acto reclamado son de tracto sucesivo y la suspensión debe concederse, mediante fianza, para el efecto de que el nuevo depositario no continúe en el ejercicio de su cargo, ni se impida al primero que lo lleve a cabo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2038/35. Bustamante Luis Felipe. 6 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.