Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359303
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3024
VIA EJECUTIVA, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3024
Si no se objeta el auto de exequendo por medio del recurso de apelación, o bien oponiendo excepciones que ataquen la forma del juicio, tal auto causa estado, y queda, por lo tanto, fijado definitivamente la procedencia de la vía ejecutiva.
Precedentes
Recurso de súplica 151/32. García Wenceslao. 6 de noviembre de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.