Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359311
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3218
ACCION HIPOTECARIA, LIMITE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3218
Si una sentencia es dictada en un litigio que versó sobre la acción hipotecaria, deducida por el actor en contra del demandado, que era poseedor del bien hipotecado, sin haber contraído directamente la obligación garantizada, es claro que la condena obtenida, debe constreñirse al valor del bien gravado, no pudiendo extenderse a más de dicho limite para afectar genéricamente el patrimonio del vencido, puesto que para ello es necesario el ejercicio de la acción personal concomitante de aquella obligación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2404/33. Marroquín Trinidad, sucesión de. 8 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.