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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3278
PRUEBA TESTIMONIAL EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3278
Si el tercero perjudicado se presenta al juicio de amparo, hasta el momento de celebrarse la audiencia constitucional y objeta el interrogatorio relativo a la prueba testimonial ofrecida por el quejoso, el Juez obra legalmente si desestima la objeción, puesto que el interrogatorio había sido calificado de legal, con anterioridad, por dicho funcionario, y de aceptar las objeciones, revocaría su resolución.
Precedentes
Queja en amparo civil 116/35. Zozaya José. 11 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.