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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3549
NULIDAD, NATURALEZA DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 3549
La acción de nulidad es indivisible, por lo que sería absurdo decidir esa nulidad en cuanto a uno de los contratantes y no declararla con relación al otro, dándose ocasión a que el contrato se estimara válido para uno de ellos y no para la otra parte.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2402/35. Pérez de González Vargas Sara. 13 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.