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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4590
NACIONALIZACION DE BIENES ADQUIRIDOS POR TERCEROS EXTRAÑOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4590
Comprobado plenamente en autos que una persona adquirió el predio que reclama, por compra que le hizo a otra, mediante escritura pública debidamente registrada, por lo cual produjo efectos contra tercero, varios años antes de que el vendedor fuese demandado en un juicio de nacionalización, no es jurídico sostener que el comprador esté sujeto a las obligaciones y responsabilidades contraídas por el vendedor en ese juicio, como sucedería de haber adquirido ya iniciado éste, ni que, por lo tanto, surta efectos contra el mismo, la sentencia respectiva, ni menos su notificación, no habiendo sido parte en el procedimiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5531/34. Dávila de Rodríguez Carmen. 27 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.