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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4600
PERJUICIO BASE DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4600
El hecho de que en una sentencia dictada en vía de jurisdicción voluntaria, se dejen al promovente derechos a salvo para que los haga valer en un juicio diverso, causa un perjuicio irreparable al interesado, toda vez que lo obliga a seguir un procedimiento distinto, dejándolo sin defensa, ya que dicha sentencia pone fin al procedimiento de jurisdicción voluntaria, siendo, por lo tanto, procedente contra la misma, el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5260/34. Gutiérrez Jesús M. 27 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.