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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4765
RENUNCIAS LEGALES, VALIDEZ DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4765
Si en un documento suscrito solidaria y mancomunadamente, renuncian los codeudores a oponer determinada excepción, es claro que está fuera de duda que esa renuncia, como todas las demás obligaciones consignadas en dicho documento, fue aceptada por los interesados al firmarlo y debe producir todos sus efectos legales.
Precedentes
Amparo civil directo 2709/33. Pérez de Abraham María. 29 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.