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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5243
INSTITUCIONES DE CREDITO, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5243
Si la parte quejosa es una institución de crédito, no es necesario, para conceder la suspensión, el otorgamiento de fianza, de acuerdo con lo prevenido por el artículo 26 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5488/35. Departamento de Fideicomiso del Crédito Industrial de Monterrey, S. A. 3 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.