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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5685
ACCION, DESISTIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5685
El desistimiento que de acción hace una de las partes en el juicio, entraña para contraparte, el derecho de que se dé por concluido el juicio y se suspenda la tramitación; el preveído judicial que recaiga al desistimiento, no es el que puede dar valor a la renuncia de la acción, sino la voluntad exclusiva de quien hace esa renuncia, que no puede encerrar la facultad discrecional de proseguir el juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 5778/34. Morelos José Anacleto. 9 de diciembre de 1935. Mayoría de tres votos. Excusa: Sabino M. Olea. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.