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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5685
AMPARO, OBJETO DEL JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5685
El juicio de amparo tiene por objeto, entre otros fines sustanciales, resolver las controversias que se susciten por actos de autoridad que violen las garantías individuales, y aunque éstas en su aspecto civil, son de tal naturaleza, que van intimante unidas al individuo, y no pueden ser objeto de enajenación ni transmisión a diversa persona, el quejoso esta jurídicamente incapacitado para variar la materia del acto reclamado, introduciendo modificaciones tan sustanciales como la que proviene del cambio de titular o beneficiario de los derechos que están latentes en el juicio de garantías, ya que los derechos individuales, desde el punto de vista Constitucional, son personalísimos, y no es jurídicamente posible que un tercero, como resultado de un contrato de compraventa, pueda sustituirse totalmente en el uso de las garantías individuales del quejoso, a fin de continuar o renunciar, a su arbitrio, el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 5778/34. Morelos José Anacleto. 9 de diciembre de 1935. Mayoría de tres votos. Excusa: Sabino M. Olea. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.