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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5893
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5893
En el juicio de amparo no debe confundirse una cuestión de personalidad, con la del interés de los quejosos, pues la primera es un supuesto procesal, aun dentro del juicio de garantías, y la segunda es motivo de apreciación de los Jueces Federales, quienes deben hacerla con vista íntegra de los elementos aportados en el propio juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2521/35. Feeney C. A. 10 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.