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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5892
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5892
Si bien es cierto que en algunas ejecutorias, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que la interpretación del artículo 14 constitucional, por sus términos, debe ser amplia, puesto que protege los derechos posesorios, sin distinción de su calidad jurídica, también lo es que cuando dichos derechos no se acreditan por el quejoso, es improcedente concederle la protección federal, y menos cuando no justifica su personalidad en el juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2521/35. Feeney C. A. 10 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.