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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5978
LANZAMIENTO, REQUISITO PARA DECRETARLO CONTRA LOS OCUPANTES DE FACTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5978
Aunque los ocupantes de una casa no sean partes en el juicio en que la misma fue rematada, no por eso puede la autoridad que conoció del juicio respectivo, lesionar sus derechos, con violación de los artículos 14 y 16 constitucionales, apercibiéndolos de lanzamiento, por carecer de contrato, en los términos de la ley civil, tanto porque los artículos 3017 y 3018 del Código Civil, vigente en el Distrito Federal, claramente previenen que el registro producirá sus efectos desde los días y hora en que preventiva o definitivamente se haga la inscripción en el Registro Público respectivo, cuanto porque esos ocupantes, bien pueden ser poseedores del aludido inmueble, no a título precario de arrendatarios, sino con el de dueños.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3531/35. Corral Soto Juan y coagraviado. 11 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.