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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359520
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 35
LEY MONETARIA, RETROACTIVIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 35
Como no puede admitirse que las estipulaciones contractuales relativas a que los pagos deben ser hechos en determinada especie de moneda, confieran a las partes derechos adquiridos respecto al valor y tipo de equivalencia de la moneda, los cuales no están dentro del patrimonio de los particulares y pueden ser fijador por el legislador, en atención a las necesidades económicas nacionales, es claro que la ley monetaria en vigor, al cambiar el valor de la moneda y disponer la manera de solventar obligaciones anteriores a su vigencia, no puede estimarse retroactiva.
Precedentes
Amparo civil directo 1415/33. Arellano Valle Gabriel. 2 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.