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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 272
ADJUDICATARIO, SU DERECHOS A LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 272
Debiendo entenderse por perjuicios, la privación de cualquiera ganancia lícita que debiera obtenerse con el cumplimiento de una obligación, los mismos son consecuencia inmediata y directa del incumplimiento de aquella; por lo que si una persona es condenada a entregar a otra, una finca, en virtud de un juicio ejecutivo y obtiene la suspensión de ese acto, mediante una fianza otorgada por un tercero, lo que le permite seguir habitando en la casa, es claro que el actor se ve privado de la posesión y goce de dicha finca, durante aquel tiempo; por lo que, si mediante el dictamen pericial respectivo, se comprueba plenamente que la finca debió producir determinada cantidad mensual y se prueba, así mismo, que el primitivo propietario estuvo en posesión y habitando la casa de preferencia determinado número de meses, sin que el adjudicatario percibiera ninguna renta, en razón de la fianza otorgada para la suspensión, es claro que se encuentran justificados los elementos esenciales indispensables, según los artículos 1465 y 1466 del Código Civil de 1884, para la demostración de los perjuicios que reclama el adjudicatario, por lo que la sentencia que condena al fiador al pago de determinada suma por ese concepto, no explica inexactamente los aludidos preceptos, ni vulnera, consecuentemente, sus garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil directo 3039/33. Arce Manuel. 5 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.