Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359554
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
359554
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 843

MATRIMONIOS CELEBRADOS EN EL EXTRANJERO, INSCRIPCION DE LAS ACTAS EN EL TERRITORIO NACIONAL.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 843

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 844/32. Tazzer de Urrutia Catalina. 15 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no estuvo presente por las razones que constan en el acta del día. Relator: José M. Truchuelo.
Registro digital (IUS): 359554