Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/359581
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1390
REMATES PUBLICACIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1390
No es necesario que a cada uno de los tres días a que alude el artículo 1411 del Código de Comercio, se agreguen los que resulten en proporción a la distancia, a razón de un día por cada veinte kilómetros, para que surta efecto la publicación de los edictos de remate, toda vez que este precepto debe entenderse en el sentido de que el término que medie entre la última publicación y la fecha del remate, sea aumentado a razón de un día por cada veinte kilómetros, a fin de hacer factible la concurrencia de postores a la almoneda.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4553/34. Villanueva Santiago F. y coagraviado. 24 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.