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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1720
LETRAS DE CAMBIO, EXCEPCIONES QUE PUEDEN OPONERSE POR LOS ACEPTANTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1720
Los aceptantes de las letras de cambio, conforme al artículo 491 de la ley mercantil, no pueden oponer otra excepción que los releve del pago, que la falsedad de la aceptación misma o de la letra.
Precedentes
Recurso de súplica 70/33. Karras Gerhard. 27 de julio de 1935. Mayoría de tres votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.