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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
359639
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3103

PRESCRIPCION POSITIVA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3103

Precedentes

Amparo civil directo 2155/33. Flores Agustina. 19 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta respectiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 359639