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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3147
OBLIGACIONES, LUGAR DEL CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3147
El pacto de que en el caso de que se retirara de la circulación la moneda de oro nacional, el pago debía hacerse en moneda americana, en giro sobre Nueva York, no quiere decir que éste sea el lugar señalado para el cumplimiento de la obligación, porque aun en el supuesto de que dicha estipulación no hubiere quedado sin efecto, por las disposiciones de la Ley Monetaria que retiró de la circulación esa especie de moneda, la obligación seguramente hubiera quedado cumplida, al entregarse, en esta ciudad, el giro sobre la plaza convenida.
Precedentes
Tomo XLV, página 6667. Indice Alfabético. Amparo directo 6474/33. Zaldívar Luis G. 20 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Ponente: Sabino M. Olea.
Tomo XLV, página 3147. Amparo civil directo 4056/33. Zaldívar Luis G. 20 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua no asistió, por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.