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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359670
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3536
PRUEBA PERICIAL, CONTRA SU RECEPCION NO PROCEDE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3536
Si se reclama en amparo la resolución que manda practicar una prueba pericial en un juicio civil, la suspensión debe negarse, porque el procedimiento es de orden público y el acto reclamado no puede causar perjuicio de difícil reparación al quejoso, puesto que no se sabe si el dictamen le perjudicará o le favorecerá.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6677/34. García Virginia y coagraviados. 24 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.