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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3646
AMPARO DIRECTO, NO PUEDEN LAS AUTORIDADES RESPONSABLES REVOCAR LAS RESOLUCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3646
La Ley de Amparo no concede el recurso de revocación contra las providencias dictadas por las autoridades responsables, en los juicios de amparo directo, con motivo de las suspensión definitiva de los actos reclamados, como por ejemplo, contra la resolución que tiene por otorgada la contrafianza, y lo que procede es el recurso de queja.
Precedentes
Queja en amparo civil 113/35. Dubells Guillermo. 26 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.