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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4628
FORMA DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4628
La procedencia de la vía ejecutiva no se combate únicamente por medio del recurso de apelación que se interponga contra el auto que despacha ejecución, sino que también puede atacarse objetando los documentos presentados por el actor, como ineficaces para fundar la acción ejecutiva; puesto que de lo contrario, el consentir la forma del juicio, tendría como consecuencia necesaria dar por probada la acción ejecutiva deducida, lo cual no puede aceptarse jurídicamente, toda vez que da forma del juicio supone la existencia de la acción respectiva.
Precedentes
Recurso de Súplica 57/33. Banco Nacional de México, S.A. 9 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en este asunto por tenérsele admitida la excusa que propuso. La publicación no menciona el nombre del ponente.