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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4740
LEY DE MORATORIA EN VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4740
La aplicación de la ley moratoria del Estado de Veracruz que, volviendo sobre el pasado, lesiona situaciones jurídicas concretas, como son las de los acreedores hipotecarios, con créditos vencidos, y cuyas acciones se han propuesto a la decisión judicial, mediante el juicio correspondiente, con la natural consecuencia de que los derechos cuya realización se persigue por medio del procedimiento judicial, dejen de ser simples expectativas, para objetivarse a virtud del transcurso del plazo fijado para la exigibilidad de la obligación, debe estimarse necesariamente como anticonstitucional, por ser violatoria de garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 277/35. Fernández Justo Félix y coagraviado. 10 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.