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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5094
OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5094
De acuerdo con lo dispuesto por la ley monetaria en vigor, las obligaciones de pago en moneda extranjera, contraídas dentro o fuera de la República, para ser cumplidas en ésta, se deben solventar entregándose el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago.
Precedentes
Recurso de súplica 234/33. C. viuda de Pozas Estanislada y otro. 13 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.