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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5195
FIANZAS DE SOCIEDADES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5195
No es lo mismo declarar que una sociedad existente no tiene facultad de dar una fianza o que ésta es insuficiente, a declarar que una fianza no debe aceptarse, porque la sociedad que la da, es inexistente.
Precedentes
Queja en amparo civil 317/34. Valenzuela Samuel. 17 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.