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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5635
EJECUTANTE, REQUERIMIENTO HECHO A EL Y NO AL DEPOSITARIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5635
Si se reclama en amparo la resolución judicial que manda requerir al ejecutante, para que entregue el importe de una cuenta de administración que debe entregar el depositario, la suspensión debe concederse, previa fianza, por surtirse los requisitos del artículo 55 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 635/35. Barreira Jesús. 24 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.