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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5750
MENORES, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA ENTREGA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5750
Si se reclama en amparo la resolución dictada en un juicio de divorcio, que concluyó por sentencia ejecutoriada, ordenando que el cónyuge culpable haga entrega de un hijo menor, al no culpable, procede negar la suspensión, porque, de otorgarse, la sociedad y el Estado sufrirían perjuicios, por el interés que tienen en que se cumplan, sin demora alguna, las resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 694/35. Perales de Muñoz María del Carmen. 25 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.