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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 359830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5866
LETRA DE CAMBIO, EXCEPCION DE FALSEDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5866
Si el Ministerio Público, que es el encargado, conforme al artículo 21 constitucional, de la persecución de los delitos, resuelve que no existen motivos o elementos bastantes para perseguir por el delito de falsedad de una letra de cambio, no puede considerarse demostrada tal excepción.
Precedentes
Recurso de súplica 72/32. Zárate Ignacio G. 26 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.